Transcribimos aquí párrafos de la Guía
Federal
de Orientaciones para la Intervención educativa en situaciones complejas
relacionadas con la vida escolar.
Texto completo disponible en
Argentina.
Consejo Federal de Educación. Guía Federal de Orientaciones para la Intervención educativa en situaciones complejas
relacionadas con la vida escolar.
Resolución CFE Nº 217/14- Anexo.
Disponible
en http://www.me.gov.ar/consejo/resoluciones/res14/217-14_01.pdf
(...) resulta
imprescindible que en las redes virtuales se sostengan las mismas pautas de
convivencia y cuidado que en las relaciones presenciales. El espacio virtual
funciona a veces como terreno donde los malos tratos se multiplican a gran
velocidad. En ocasiones, resulta más fácil hacer ciertos comentarios o emitir ciertos
dichos por correo electrónico, en un chat
o a través de una red social, porque no se tiene la proximidad del cuerpo
del otro que permite percibir los efectos que en él provocan lo que se dice.
En el
caso de las manifestaciones por medio de las redes sociales, la recomendación fundamental
que se debe dar a los estudiantes es: lo que se dice por chat o se cuelga en la web
puede causar la misma o mayor incomodidad, daño u ofensa que una conversación
en presencia del otro. Explicarles
que la interacción virtual afecta de idéntica forma la subjetividad y los
vínculos; y por lo tanto requiere de los mismos cuidados. La
singularidad del espacio virtual es su proyección en tiempo y espacio,
trasciende ampliamente las fronteras y perdura en el tiempo. (…) su efecto
se "presentifica" y "transterritorializa", es decir, una
imagen subida a la red en el pasado puede ser recuperada en tiempo
presente, y además atraviesa fronteras puesto que se puede acceder a esa imagen
desde cualquier lugar.
En lo que
se refiere a la cotidianidad de la escuela, las y los docentes podrán habilitar
instancias de diálogo e intercambio con los estudiantes para conversar acerca
de cómo manejarse en el espacio virtual con el fin de aprovechar aquello que
las nuevas TIC ofrecen; pero cuidando también los vínculos. Dar lugar a la voz
del estudiantado es uno de los modos de construir espacios de trabajo sin
violencia.
Cuando se
advierten señales de posibles situaciones de maltrato en la escuela, internet es otra dimensión que se debe
tener en cuenta para conocer qué relaciones están sosteniendo los estudiantes
en ese plano. Conocer quiere decir estar atentos, escuchar, observar,
dialogar, indagar. Esto no significa invadir la privacidad de las y los
estudiantes, y en ese sentido, las acciones de los docentes deben
mantener límites similares a los de la vida presencial.
(…)
En el
caso de que una pelea haya ocurrido frente a un grupo, es clave evitar que se
transforme en una escena mediática:
La
difusión de las imágenes de niñas, niños o adolescentes que participan en
escenas de violencia se convierte en una vulneración de sus derechos, aunque
ellos mismos hayan sido quienes las han difundido. Del mismo modo, pueden
también ser vulnerados derechos de las personas
adultas.
Por
ello, es imprescindible trabajar en torno a que la exposición de dichas
imágenes tiene consecuencias que no son fácilmente reversibles; o que otra
persona puede apropiarse de ellas y divulgarlas. Los adultos deben abordar el
tema para sensibilizar al estudiantado acerca de que lo que se expresa por
escrito queda expuesto y para crear consciencia de que la distancia física no
expresada en lo virtual no disminuye la magnitud de los dichos.
En noviembre de 2013, el Congreso Nacional Argentino aprobó la Ley N° 26.904 de Ciberhostigamiento; así fue
incorporada esta figura al Código Penal. El ciberhostigamiento consiste en
acciones deliberadamente emprendidas por una persona adulta con el objetivo de
ganarse la amistad de una niña o un niño, con el fin de disminuir las
inhibiciones e influir sobre ella o sobre él para que realice acciones de
índole sexual.
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