La
convivencia implica vivir cada vez mejor con los otros, esto constituye un
desafío para las instituciones.
La convivencia en la escuela debe ser abordada
mediante programas que promuevan la inclusión en términos de ingreso,
permanencia y egreso.
Las
dificultades para la convivencia escolar se producen tanto por lo que acontece
dentro de las escuelas, como por todo aquello que ocurre por fuera de ellas y
que de algún modo, directo o indirecto, las implica y afecta.
¿Cómo construir una
comunidad en el marco de una sociedad individualista y competitiva?
¿Cómo trabajar a
contracorriente de los medios de comunicación que plantean al otro como amenaza
a mi seguridad, como aprovechador, que siempre saca ventaja, o como objeto ha ser utilizado y descartado?
¿Podremos reconstruir
la confianza para mejorar la convivencia exclusivamente transformando las
prácticas escolares?
¿CÓMO DEBEN SER LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LA ESCUELA?
Tomamos aquí lo prescripto por la
Ley 26.892 sancionada en 2013 en la República Argentina
LEY PARA LA
PROMOCION DE LA CONVIVENCIA Y EL ABORDAJE DE LA CONFLICTIVIDAD SOCIAL
EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Texto completo en:
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Se espera que las normas de
convivencia:
- Orienten las conductas de los miembros de la comunidad educativa hacia el respeto por la vida, los derechos y responsabilidades de cada persona, la resolución no violenta de los conflictos, el respeto y la aceptación de las diferencias.
- Propicien vínculos pluralistas, basados en el reconocimiento y el respeto mutuo, que impulsen el diálogo y la interrelación en lo diverso.
- Garanticen la participación de los alumnos en diferentes ámbitos y asuntos de la vida institucional de la escuela, según las especificidades de cada nivel y modalidad.
- Impulsen un sistema de sanciones formativas dentro de un proceso educativo que posibilite al niño, niña, adolescente o joven a hacerse responsable progresivamente de sus actos.
- Queda
expresamente prohibida cualquier norma o medida que atente contra el
derecho a la participación de los docentes, estudiantes o sus familias en
la vida educativa institucional.
Por otra parte
hay que recalcar que según este documento:
Es competencia de las instituciones educativas elaborar y
revisar periódicamente sus propios códigos o acuerdos de convivencia
garantizando la participación de la comunidad educativa, adecuándose a las características específicas de los diferentes niveles, modalidades y contextos;
debiéndose prever la conformación y funcionamiento de órganos e instancias de
participación, diálogo y consulta en relación con la convivencia en las
instituciones educativas, que resulten adecuados a la edad y madurez de los estudiantes.
Los mismos deben ser de funcionamiento permanente y deben estar representados
todos los sectores de la comunidad educativa.
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