ETICA DOCENTE

lunes, 4 de mayo de 2015

¿CÓMO ELABORAR NORMAS PARA LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS?



La convivencia implica vivir cada vez mejor con los otros, esto constituye un desafío para las instituciones.

La convivencia en la escuela debe ser abordada mediante programas que promuevan la inclusión en términos de ingreso, permanencia y egreso.

Las dificultades para la convivencia escolar se producen tanto por lo que acontece dentro de las escuelas, como por todo aquello que ocurre por fuera de ellas y que de algún modo, directo o indirecto, las implica y afecta.


¿Cómo construir una comunidad en el marco de una sociedad individualista y competitiva?

¿Cómo trabajar a contracorriente de los medios de comunicación que plantean al otro como amenaza a mi seguridad, como aprovechador, que siempre saca ventaja,  o como objeto ha ser utilizado y descartado?

¿Podremos reconstruir la confianza para mejorar la convivencia exclusivamente transformando las prácticas escolares?


¿CÓMO DEBEN SER LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN LA ESCUELA?






Tomamos aquí lo prescripto por la Ley 26.892 sancionada en 2013 en la República Argentina

LEY PARA LA PROMOCION DE LA CONVIVENCIA Y EL ABORDAJE DE LA CONFLICTIVIDAD SOCIAL EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Texto completo en:

Se espera que las normas de convivencia:

  • Orienten las conductas de los miembros de la comunidad educativa hacia el respeto por la vida, los derechos y responsabilidades de cada persona, la resolución no violenta de los conflictos, el respeto y la aceptación de las diferencias.
  • Propicien vínculos pluralistas, basados en el reconocimiento y el respeto mutuo, que impulsen el diálogo y la interrelación en lo diverso. 
  •  Garanticen la participación de los alumnos en diferentes ámbitos y asuntos de la vida institucional de la escuela, según las especificidades de cada nivel y modalidad.
  •  Impulsen un sistema de sanciones formativas dentro de un proceso educativo que posibilite al niño, niña, adolescente o joven a hacerse responsable progresivamente de sus actos.
  • Queda expresamente prohibida cualquier norma o medida que atente  contra el derecho a la participación de los docentes, estudiantes o sus familias en la vida educativa institucional.



Por otra parte hay que recalcar que según este documento:

Es competencia  de las instituciones educativas elaborar y revisar periódicamente sus propios códigos o acuerdos de convivencia garantizando la participación de la comunidad educativa, adecuándose a las características específicas de los diferentes niveles, modalidades y contextos; debiéndose prever la conformación y funcionamiento de órganos e instancias de participación, diálogo y consulta en relación con la convivencia en las instituciones educativas, que resulten adecuados a la edad y madurez de los estudiantes. Los mismos deben ser de funcionamiento permanente y deben estar representados todos los sectores de la comunidad educativa.
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